Iniciativa establece un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo.
Este viernes la ministra de Salud, Carmen Castillo, participó en el “Encuentro Nacional de Salud” (ENASA) y tras su exposición en el evento sostuvo que “habrá Ley Ricarte Soto en 2015” e informó que el lunes 26 de octubre estará dictado el decreto que fije el umbral de costo anual de la iniciativa que promulgó la Presidenta Michelle Bachelet el pasado 1 de junio.
La secretaria de Estado explicó que una vez tramitado en la Contraloría General de la República se procederá a la dictación del decreto que determina los tratamientos asociados a una condición específica de salud que serán cubiertos por la ley Ricarte Soto.
Consultada por supuestos retrasos en la entrada en vigencia de la normativa, la ministra Castillo explicó que los reglamentos fueron dictados en los plazos e ingresados a la Contraloría. Esos reglamentos están tramitados, uno ya publicado y el segundo se publica mañana en el Diario oficial.
“El Ministerio de Salud no está atrasado, estamos avanzando y esperamos que este año 2015 tengamos todo tramitado”, subrayó la autoridad.
Cabe recordar que la “Ley Ricarte Soto” instaurará un fondo estatal destinado a financiar diagnósticos, tratamientos, medicamentos y alimentos de alto costo, para todos los beneficiarios de los Sistemas Previsionales de Salud de Chile, incluyendo las Fuerzas Armadas y de Orden.
¿Cuáles son los alcances de la Ley Ricarte Soto?
La iniciativa forma parte de uno de los últimos deseos del periodista Ricarte Soto, antes de fallecer producto de un cáncer al pulmón. Su espíritu apunta a que el Estado asegure la cobertura farmacológica a estos pacientes.
¿Qué cubre el sistema?
Según información proporcionada por el Minsal en agosto de este año, la ley Ricarte Soto cubrirá:
• Los tratamientos basados en medicamentos, dispositivos médicos y alimentos de alto costo con efectividad probada.
• La efectividad de los tratamientos se evaluará desde el punto de vista científico, económico y social. Se incorporarán al fondo sólo aquellos que sean efectivos y seguros para los pacientes.
Tratamientos de alto costo
La ley se encuentra diseñada justamente para incorporar los tratamientos de alto costo de enfermedades poco frecuentes, los que por definición no cumplen los criterios del AUGE.
Así, durante el proceso de evaluación, no se contemplan criterios como la carga de enfermedad, la alta prevalencia o el costo-efectividad, que limitarían la inclusión de estos tratamientos.
¿Cómo accederán las personas al nuevo fondo?
• Al igual que en el AUGE, las personas cuyo tratamiento se encuentre cubierto por esta ley, serán notificadas del beneficio por su médico tratante.
• Los tratamientos serán entregados a través de una red de prestadores de salud aprobados por el Ministerio de Salud de acuerdo a su calidad técnica.
Fuente: T13