Este seis de Junio, el Segundo Tribunal Electoral de la Region Metropolitana, acogió a tramitación la solicitud de remoción de sus funciones e inhabilidad de la actual alcaldesa de Quinta Normal.
Carmen Gloria Fernández Valenzuela, esta siendo acusada de notable abandono de sus deberes, en nueve causales, las que fueron presentadas ante el tribunal por los abogados Marcelo Brunet y Katherine Martorell.
El pasado treinta y uno de mayo se puso en conocimiento al T.E.R de estas causales de inhabilidad y notable abandono de sus deberes en los siguientes puntos:
La Alcaldesa ha incumplido sus obligaciones normativas en forma expresa y reiterada AL NO PAGAR LAS COTIZACIONES PREVISIONALES DE LOS FUNCIONARIOS DE LA CORPORACIÓN COMUNAL DE DESARROLLO DE QUINTA NORMAL
La Alcaldesa ha incumplido sus obligaciones normativas en forma expresa y reiterada AL EFECTUAR LA CORPORACIÓN COMUNAL DE DESARROLLO DE QUINTA NORMAL DESCUENTOS VOLUNTARIOS Y LEGALES A NUMEROSOS TRABAJADORES SIN ENTERAR ESOS DESCUENTOS EN LAS INSTITUCIONES CORRESPONDIENTES.
Existencia de graves irregularidades en la corporación comunal de desarrollo de Quinta Normal
Celebración de contrato por la Corporación comunal de desarrollo de Quinta Normal, con la sociedad Mayer y Abogados Asociados Limitada, para la realización de una auditoría contable y otra auditoria legal, respecto a las subvenciones de los establecimiento educacionales, las cuales no se efectuaron según contrato, por la suma de $ 72.772.657
Falta de dirección y control de manera eficaz, en su calidad de presidente del directorio de la CORPQUIN.
En cuanto a los funcionarios del municipio de Quinta Normal, la Alcaldesa, no ha dispuesto llamado a concurs0, ni a dispuesto ascensos, ni dado curso al escalafón, existencia de informe trimestral de la dirección de control acreditando daño patrimonial por pago de suplencias y exceso de contratas.
Dificultar la fiscalización de los concejales por: A) LA NO ENTREGA DE INFORMACIÓN, B) ATRASO EN LA ENTREGA DE ACTAS DEL CONCEJO, Y C) REITERACIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN SOBRE DESTINACIÓN DE DINEROS TRASPASADOS POR LA MUNICIPALIDAD A LA CORPORACIÓN COMUNAL DE DESARROLLO DE QUINTA NORMAL Y LOS RECIBIDOS POR OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS.
No hacer efectiva la responsabilidad administrativa por no haber efectuado auditoria municipal acordada en el concejo municipal y numerosos atrasos en la tramitación de sumarios administrativos.
INFRACCIONES REITERADAS A LA LEY 19.886 SOBRE COMPRAS PÚBLICAS, SU REGLAMENTO, LEY 18.695 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES, CONSTITUTIVO DE FALTAS GRAVES A LA PROBIDAD Y DELITOS FUNCIONARIOS QUE CONFIGURAN LA CAUSAL DE DESTITUCIÓN POR FALTA A LA PROBIDAD Y NOTABLE ABANDONO DE DEBERES.